Programa de membresía

Código de socio de conducta

Las normas de conducta que se aplican a cada miembro de iEvolution.

Versión 2.0 · 2026

Un compromiso con ética comercial

Este Código de Conducta es una parte vinculante del Acuerdo de Membresía de iEvolution. La aceptación electrónica tiene pleno efecto legal.

iEvolution Pro LLC ("iEvolution" o "la Compañía") distribuye suplementos nutricionales a clientes en Estados Unidos y México, y ofrece una Membresía Mayorista mediante la cual los Miembros compran a precios de mayoreo, revenden a precios que ellos mismos establecen y obtienen comisiones de afiliados por las ventas realizadas a través de sus propios enlaces.

Este Código establece cómo debe llevar a cabo un Miembro dicha actividad. Su propósito es proteger a los clientes de afirmaciones engañosas, proteger a los Miembros entre sí y proteger a la Compañía de conductas que la expongan a riesgos regulatorios o legales.

El programa de membresía es un programa de afiliados de un solo nivel. No hay red descendente, ni rango, ni estructura organizacional. Nada en este Código debe interpretarse en el sentido de implicar lo contrario.

Definiciones

Los términos utilizados en este Código tienen el significado que se les atribuye en el Acuerdo de Membresía. Los más importantes se repiten aquí.

Miembro Una persona que cuenta con una Membresía Mayorista de iEvolution activa. Este término reemplaza a "Socio de Marca Independiente", "IBP", "Afiliado", "Representante Independiente", "Representante de Marca" y "Networker"."
Cliente Cualquier persona que compre productos iEvolution al por menor. Un cliente no es un miembro.
Patrocinador El Miembro a través de cuyo enlace de referencia se inscribió otro Miembro.
La Empresa iEvolution Pro LLC, organizada bajo las leyes del Estado de Wyoming, Estados Unidos de América.
Materiales oficiales Cualquier presentación, gráfico, video o texto autorizado y publicado por iEvolution para que los Miembros lo utilicen.
Conducta prohibida Cualquier acto u omisión que infrinja este Código, el Acuerdo de Membresía o cualquier política de iEvolution en vigor.

Requisitos de elegibilidad y la Membresía

Artículo 1

Requisitos de elegibilidad

Para tener una Membresía, debe tener al menos 18 años de edad, contar con capacidad legal para contratar en su jurisdicción, proporcionar información veraz y verifiable al momento de la inscripción, haber leído y aceptado este Código en su totalidad, y no tener otra cuenta activa o suspendida de iEvolution bajo una identidad diferente.

Artículo 2

Naturaleza de la relación

Un Miembro es un operador comercial independiente. Este Código no crea ninguna relación laboral, de asociación, franquicia, agencia o mandato entre el Miembro e iEvolution. El Miembro es responsable de sus propias obligaciones fiscales, de seguridad social y laborales conforme a la ley que le resulte aplicable.

Un Miembro no tiene autoridad para obligar a iEvolution, para representarlo ante terceros, ni para actuar como su agente de ninguna manera.

Artículo 3

Una cuenta por persona

Cada persona puede tener una sola Membresía activa. Inscribir varias cuentas bajo diferentes nombres, identidades o entidades legales para obtener un beneficio que de otro modo no estaría disponible constituye una Conducta Prohibida y es motivo para la terminación inmediata de cada una de las cuentas involucradas.

General Conducta

Todo Miembro debe conducir su actividad con honestidad, integridad y respeto hacia los Clientes, prospectos y otros Miembros.

Artículo 4

Deber de buena fe

Cada Miembro tiene el deber continuo de actuar de buena fe en toda interacción comercial relacionada con su actividad en iEvolution. Esto incluye, a título ilustrativo y no limitativo:

  • Proporcionar información veraz, completa y no engañosa a los Clientes y a los futuros Miembros.
  • No hacer ninguna promesa que no se pueda cumplir ni ninguna afirmación que no se pueda comprobar.
  • No explotar la vulnerabilidad, la edad avanzada, la enfermedad, la inexperiencia o el desconocimiento del idioma de ninguna persona.
  • Respetar una decisión de no comprar o de no unirse, sin insistencia indebida.
  • No presionar a ninguna persona para que pida más producto del que razonablemente pueda usar o vender. Los pedidos de los Miembros son definitivos y no se pueden reembolsar, y un Miembro que alienta a otra persona a hacer un pedido excesivo le está causando una pérdida que no puede deshacer.
  • Divulgar, antes de cualquier venta a un Cliente, que los pedidos de los Miembros y los pedidos minoristas conllevan diferentes derechos de devolución.
Artículo 5

Cumplimiento legal

Un Miembro es el único responsable de conocer y cumplir con las leyes que se aplican en el lugar donde opera, incluidas aquellas que rigen la venta directa, la protección al consumidor, la publicidad, los avales y testimonios, la protección de datos personales y la tributación. El incumplimiento de la ley aplicable constituye también una infracción de este Código.

Artículo 6

Responsabilidad hacia los demás

Un Miembro es responsable de la conducta de cualquier persona que le asista en su negocio, incluidos familiares, empleados, contratistas y cualquier tercero que actúe en su nombre o bajo su dirección. Las infracciones cometidas por dichas personas se atribuyen al Miembro para los efectos de la Sección VIII.

Ingresos Representaciones

Esta sección se aplica con especial rigor. Las declaraciones falsas o exageradas sobre las ganancias potenciales son la práctica más dañina en esta industria y la fuente más frecuente de daños legales, regulatorios y reputacionales.

Artículo 7

Qué se considera una representación de ingresos

Una "representación de ingresos" es cualquier comunicación, oral, escrita o visual, que exprese o implique:

  • Un nivel o rango específico de ventas, ingresos brutos, margen o ganancias reales o potenciales.
  • Que un estilo de vida en particular, que incluye vehículos, viajes, vivienda, artículos de lujo o libertad financiera, está asociado con los ingresos obtenibles a través de la Membresía.
  • Cualquier gráfico, tabla, calculadora o proyección matemática de posibles ganancias.
  • Cualquier testimonio, captura de pantalla de un pago, transferencia bancaria, saldo de billetera electrónica o historial de comisiones, ya sea del propio Miembro o de otra persona.
  • Cualquier elemento a partir del cual una persona razonable pudiera inferir un nivel mínimo garantizado de ingresos.
Artículo 8

Afirmaciones de ingresos prohibidas

Se le prohíbe estrictamente a un Miembro:

  • Publicar o compartir capturas de pantalla de pagos, transferencias, estados de cuenta, saldos de billeteras electrónicas o registros de comisiones, ya sean propios o de otra persona, como argumento de venta o reclutamiento.
  • Publicar contenido que asocie la Membresía con ingresos pasivos garantizados, libertad financiera o resultados financieros extraordinarios sin justificación.
  • Usando frases como "gana desde el primer día", "ingresos ilimitados", "tu dinero trabaja para ti", "ingresos pasivos garantizados" o cualquier expresión equivalente que sugiera resultados financieros sin esfuerzo o garantizados.
  • Hacer referencia a los ingresos de cualquier otro Miembro sin incluir, con igual prominencia, el descargo de responsabilidad requerido por el Artículo 9.
  • Presentar ejemplos de ganancias máximas o en el mejor de los casos sin revelar que los resultados varían y no son típicos.
  • Describir la Membresía como una inversión, una oportunidad de negocio con rendimientos asegurados o un sustituto de los ingresos por empleo.
Artículo 9

Aviso legal obligatorio

Toda comunicación que contenga cualquier referencia a ingresos, incluidos testimonios, ejemplos, calculadoras y proyecciones, debe incluir el siguiente descargo de responsabilidad, o uno aprobado por escrito por iEvolution, mostrado con igual prominencia y legibilidad:

Aviso importante

Las ganancias de los miembros de iEvolution varían significativamente según el tiempo invertido, la habilidad individual, el esfuerzo y otros factores. No hay garantía de ningún nivel de ingresos. Los resultados mostrados son experiencias individuales y no son representativos de los resultados típicos. Las cifras mostradas son brutas, antes de gastos de envío, impuestos, comisiones de procesamiento de pagos y gastos comerciales.

Artículo 10

Base de compensación

Toda la compensación de los Miembros se rige por el Acuerdo de Membresía y por nada más. Un Miembro no puede describir, presentar o prometer ninguna compensación, bono, incentivo o beneficio que no esté establecido en el Acuerdo de Membresía vigente. iEvolution puede actualizar dicho Acuerdo de conformidad con sus términos, y la versión publicada más reciente siempre prevalece.

Reclamaciones de productos Y declaraciones sobre la salud

Artículo 11

Reclamaciones permitidas

Un Miembro no puede hacer ninguna declaración sobre ningún producto de iEvolution más allá de lo que aparece en la etiqueta del producto, en los Materiales Oficiales o en el sitio web de iEvolution. Cualquier otra afirmación, por sinceramente que se crea, constituye una Conducta Prohibida.

Artículo 12

Se prohíben las afirmaciones sobre enfermedades

Ningún miembro puede afirmar, declarar o insinuar que ningún producto de iEvolution diagnostica, trata, cura, mitiga o previene ninguna enfermedad o condición médica. Las declaraciones de ese tipo pueden ser tratadas como declaraciones ilegales sobre medicamentos. Incumplen este Código y también pueden violar la ley federal y estatal de los Estados Unidos y las regulaciones de salud en México.

Toda comunicación sobre un producto debe incluir, o estar acompañada por, la declaración de que estos productos no han sido evaluados por la Administración de Medicamentos y Alimentos de los EE. UU. y no pretenden diagnosticar, tratar, curar o prevenir ninguna enfermedad.

Artículo 13

Testimonios y resultados

Un Miembro que comparta el testimonio de un producto debe presentarlo como una experiencia individual y no debe presentarlo como un resultado típico o esperado. Un Miembro no debe fabricar, editar o atribuir erróneamente un testimonio, y no debe ofrecer ninguna compensación a cambio de una reseña sin revelar dicho acuerdo.

Artículo 14

Divulgación de su interés comercial

Cuando un miembro recomiende un producto y pueda obtener ganancias de la venta, ese interés debe revelarse de manera clara y visible en la misma comunicación. En las redes sociales, esto significa una divulgación visible en la propia publicación, no oculta en un comentario, una biografía o un bloque de hashtags.

Trato hacia los clientes Y otros miembros

Artículo 15

Competencia justa

Los miembros compiten en servicio, conocimiento del producto y la calidad de sus relaciones con los clientes. Debido a que el programa es de un solo nivel y los ingresos de ningún miembro dependen de la organización de otro miembro, no existe ninguna razón legítima para que un miembro interfiera con el negocio de otro miembro. Todas las prácticas comerciales desleales están prohibidas.

Artículo 16

Sin difamación ni desprecio

Ningún Miembro podrá, a través de ningún canal, incluidas las redes sociales, los grupos de mensajería, las presentaciones en persona o la comunicación privada:

  • Hacer declaraciones falsas, despectivas o engañosas sobre otro Miembro, su reputación, su negocio o sus resultados.
  • Difundir rumores o información no verificada que probablemente dañe la reputación o el negocio de otro miembro, o incurrir en amenazas o intimidación.
  • Utilizar comparaciones despectivas con el desempeño de otro Miembro como argumento de venta o reclutamiento.

Cuando surja un conflicto entre Miembros, la conducta esperada es una comunicación directa y respetuosa orientada a la resolución. Si esto falla, el proceso de queja de la Sección VIII está disponible. Un conflicto entre Miembros nunca justifica ventilarlo en canales públicos.

Artículo 17

No desprecio a iEvolution

Un Miembro que no esté de acuerdo con una política, decisión o producto de iEvolution debe plantearlo a través de los canales internos provistos. Hacer declaraciones públicas infundadas o exageradas sobre los productos, el modelo de negocio, la integridad, el personal o los socios de iEvolution constituye Conducta Prohibida.

Este artículo no impide que un Miembro haga una declaración veraz, presente una queja ante cualquier regulador, participe en cualquier procedimiento legal o ejerza cualquier derecho que no pueda restringirse legalmente.

Artículo 18

Conducta profesional en todos los medios

Un Miembro debe tratar en todo momento a los Clientes, prospectos, otros Miembros y al personal de iEvolution con dignidad y respeto. El acoso, la discriminación, la intimidación o el trato degradante de cualquier tipo, a través de cualquier medio, constituye una infracción grave y puede resultar en la rescisión inmediata.

Materiales, Marca y Redes Sociales

Artículo 19

Uso de materiales oficiales

Un Miembro debe usar Materiales Oficiales para promover los productos y la Membresía. Un Miembro no puede crear o distribuir materiales que:

  • Contiene declaraciones sobre el producto que no están permitidas bajo la Sección V.
  • Contienen representaciones de ingresos sin el descargo de responsabilidad requerido por el Artículo 9.
  • Utilizar marcas, logotipos, imágenes o identidad visual de iEvolution de forma no autorizada o alterada.
  • Divulgar listas de precios al por mayor, sistemas internos o datos de otro Miembro sin autorización por escrito.
Artículo 20

Redes sociales y canales digitales

Un miembro puede promocionar su negocio en las redes sociales y canales digitales, sujeto a lo siguiente:

  • Cualquier perfil o cuenta que promueva iEvolution debe identificarse claramente como perteneciente a un miembro independiente, y nunca como una cuenta oficial de iEvolution.
  • Un Miembro no puede registrar ni operar ningún dominio, sitio web, cuenta de redes sociales, identificador, nombre visible, página, grupo, canal, nombre comercial o cuenta publicitaria cuyo nombre contenga "iEvolution", "iEvo" o cualquier nombre de producto de iEvolution, ni ninguna variación, traducción o falta de ortografía confusamente similar. Se permite describirse a sí mismo como un "Miembro Independiente de iEvolution"; nombrar su cuenta o sitio con el nombre de la marca no lo es. La Sección 14 del Acuerdo de Membresía rige esto en su totalidad, incluida la divulgación de registros existentes y la transferencia a petición.
  • Los productos no se pueden vender a través de sitios de subastas, mercados en línea ni tiendas de terceros, tal como se establece en la Sección 8.2 del Acuerdo de Membresía.
  • Un Miembro es responsable del contenido publicado en sus canales en relación con iEvolution, incluidos los comentarios de terceros que no modere dentro de un plazo razonable.
  • La publicidad pagada que utilice marcas comerciales, nombres de marca o nombres de productos de iEvolution, incluida la publicidad en búsquedas y redes sociales, requiere autorización previa por escrito.

Quejas, Sanciones Terminación

Artículo 21

Presentar una queja

Cualquier miembro, cliente o tercero que tenga conocimiento de un posible incumplimiento de este Código puede presentar una denuncia ante iEvolution a través de los canales oficiales. iEvolution responderá a toda denuncia presentada de buena fe dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a su recepción.

La identidad del denunciante se trata con confidencialidad en la medida en que las circunstancias lo permitan. El objeto de la denuncia no es confidencial a los efectos de la investigación.

Artículo 22

Investigación

iEvolution abrirá una investigación preliminar sobre cualquier denuncia recibida o sobre cualquier indicio de infracción que detecte por sí misma. El Miembro investigado tiene derecho a ser notificado y a presentar su versión de los hechos y cualquier prueba, dentro del plazo que iEvolution conceda para tal fin.

Artículo 23

Sanciones

Dependiendo de la gravedad, la recurrencia y las circunstancias del incumplimiento, iEvolution podrá aplicar una o más de las siguientes medidas:

  • Una advertencia por escrito que exige el cese inmediato de la conducta.
  • Suspensión temporal de la cuenta y retención de las comisiones pendientes durante la investigación.
  • Reversión de las comisiones obtenidas como resultado directo de la conducta.
  • Un requisito para reembolsar a un cliente afectado.
  • Finalización de la membresía.

Fraude, falsificación, manipulación del sistema de comisiones, reventa en plataformas prohibidas, afirmaciones sobre productos o ingresos que expongan a iEvolution a acciones reglamentarias y conducta que constituya un delito son motivos de rescisión inmediata sin un proceso de advertencia previa. La rescisión no impide que iEvolution o cualquier persona afectada ejerza otros recursos legales.

Artículo 24

Apelar

Un Miembro sancionado puede apelar por escrito dentro de los veinte (20) días calendario posteriores a la notificación de la sanción, proporcionando argumentos y pruebas adicionales. La apelación es decidida por una persona distinta a la que impuso la sanción original, y dicha decisión es definitiva.

Artículo 25

Terminación voluntaria

Un Miembro puede finalizar su participación en cualquier momento, sin indicar un motivo, en virtud de la Sección 4.3 del Acuerdo de Membresía. Finalizar la participación no libera a un Miembro de las obligaciones contraídas mientras estuvo activo, ni de las disposiciones de este Código que por su naturaleza sobreviven, incluidas aquellas relativas a la confidencialidad, la no denigración y las declaraciones sobre productos e ingresos.

General Disposiciones

Artículo 26

Modificaciones

iEvolution puede modificar este Código. Las modificaciones entrarán en vigor treinta (30) días calendario después de su publicación en la plataforma oficial de iEvolution. Continuar siendo Miembro después de dicho período constituye la aceptación de las mismas. El Miembro que no acepte una modificación debe cancelar su membresía antes de que esta entre en vigor.

Artículo 27

Divisibilidad

Si alguna disposición de este Código se considera inválida o inaplicable, las disposiciones restantes permanecerán en pleno vigor. La disposición inválida se considerará reemplazada por la disposición lícita que más se acerque a su intención original.

Artículo 28

Ley aplicable y resolución de controversias

Este Código forma parte del Acuerdo de Membresía y se rige por las disposiciones de ley y resolución de disputas de dicho Acuerdo, actualmente las leyes del Estado de Wyoming con arbitraje con sede en Wyoming. Nada en este Código priva a un Miembro de cualquier protección obligatoria de la ley del consumidor de su país o estado de residencia.

Aceptación

Al aceptar los términos durante la inscripción, o al continuar siendo Miembro después de ser notificado de una actualización de este Código, el Miembro declara que:

  • Han leído, comprendido y aceptado este Código en su totalidad.
  • Reconocen que este Código forma parte del Acuerdo de Membresía y es vinculante.
  • Entienden que su Membresía no crea ninguna relación laboral, de sociedad o de agencia con iEvolution.
  • Cumplirán con las leyes aplicables en el lugar donde operan.
  • Autorizan a iEvolution a hacer cumplir este Código a través de los procedimientos establecidos en la Sección VIII.

Carrito (0)

Tu carrito está vacío

Sigue comprando para añadir artículos